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Título : Regulación legal y tributaria de la división de sociedad anónima
Autor : Vallejos Sanhueza, Paulina
Garrido Vargas, Gonzalo Andrés
Merino Córdova, Alejandra Nicol
Fecha de publicación : 2023
Editorial : Universidad de Concepción
Resumen : En el comienzo de este seminario se iniciará con la definición de los distintos tipos de sociedades cada una con sus características más importantes, encontrando aquí la Sociedad Anónima para la cual existe su propia ley, la cuál es la Ley 18.046, en la que se señalan las formalidades que se deben cumplir para poder crearla, distribución de su patrimonio, limitaciones y como son regularizadas en el transcurso de sus actividades. En la propia ley de S.A. se aterriza sobre las Reorganizaciones Empresariales que pueden generar en estas sociedades, como lo son las fusiones, transformaciones y la división, esta última se puede realizar de 3 formas distintas, división total, parcial o por absorción. Estos tipos de escisión se pueden generar por diferentes motivos, enfoque estratégicos, mitigar riesgos, conflictos internos, etc.Si bien el proceso de división es complejo, a la hora de llevarlo a cabo y teniendo toda la información necesaria para realizarlo no se hace tan dificultoso, ya que llevando el orden dispuesto en la ley e informarse acerca del proceso, no resulta tan complicado.Teniendo presente todo el proceso jurídico al momento de llevar a cabo esta Reorganización Empresarial, se debe, además, tener en consideración que toda causa genera efectos, y para este caso, los efectos mayoritarios para la empresa a dividir son tributarios, por un lado, están los que se desprenden del Código Tributario, como por ejemplo la modificación de la sociedad a dividir, el inicio de actividades para la nueva, etc.Por otro lado, dentro de la Ley de Impuesto a la Renta también se generan efectos debido a la división, donde se encuentra o determina el porcentaje a distribuir del patrimonio de la sociedad dividida hacia las nuevas sociedades, esta proporción a distribuir se lograría realizar en razón al Capital Propio Tributario según el artículo 14 Letra C N° 1 de la Ley de Impuesto a la Renta, o por otro lado, usar como base el patrimonio financiero, pero siempre y cuando la sociedad haya elevado una solicitud al Servicio de Impuestos Internos solicitando llevar a cabo la distribución en razón de los valores financieros, según el artículo 14 Letra C N° 1 deLIR., y la mayor consecuencia se visualiza sobre los Registros de Rentas Empresariales, ya que en ellos se encuentran las utilidades tributarias de la empresa al momento de la escisión. Respecto a los efectos propios en razón a la Ley de Impuesto al Valor Agregado, no genera cálculo de impuesto alguno sobre el traspaso de los bienes, debido a que no cumple con los requisitos básicos para quedar afecto ni tampoco es un hecho gravado especial.Por último, el presente trabajo concluye con la presentación de un caso integrado, donde se verá o abordará todo lo visto en los demás capítulos, como por ejemplo la creación del balance de la sociedad matriz en la fecha de la división, el cálculo de una Renta Líquida Imponible provisoria a igual fecha, el cálculo tanto del porcentaje tributario como financiero para la distribución del patrimonio y rentas acumuladas en los Registros de Rentas Empresariales y contablemente con el traspaso de bienes y obligaciones para así confeccionar los nuevos balances de ambas sociedades.
Descripción : Tesis para optar al título de Contador Auditor
URI : http://repositorio.udec.cl/jspui/handle/11594/12027
Aparece en las colecciones: Auditoría -Tesis Pregrado

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