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Título : De las obligaciones en el derecho romano.
Autor : Escandón Alomar, Jesús; supervisor de grado
Franco Moraga, Karina Soledad
Palabras clave : Derecho Romano;Obligaciones (Derecho Romano)
Fecha de publicación : 2001
Editorial : Universidad de Concepción.
Resumen : Cuando comenzamos a incursionar, novatos en la materia, en el vasto estudio del Derecho, nos vemos enfrentados a la cátedra de Derecho Romano conocida incluso por estudiantes de otras carreras como la gran primera barrera que debemos franquear para continuar nuestro tránsito universitario. Y, efectivamente, comenzamos su estudio con el temor ya legendario, ante su, cada vez más patente, infinita extensión y profundidad; además de un contundente cuerpo de conceptos nuevos que nos asaltan de improviso y que hasta nos resultan a ratos arcaicos. Sin ánimo de efectuar una crítica a nuestra malla curricular, es un hecho cierto que nos abocamos al estudio del Derecho Romano, con la sola conciencia de su ya mítica complejidad, absolutamente ignorantes de su auténtica trascendencia. Trascendencia que se manifiesta con gran claridad al avanzar en el estudio del Derecho, especialmente en el Derecho Privado y de manera patente en el Derecho Civil. Es en el Derecho Civil moderno; nos referimos al denominado Derecho legislado, continental o Romanista que es el que inspira a nuestra legislación y a todas las legislaciones que tomaron sus principios y regulación, principalmente del Derecho Francés que fue el que se basó directamente de la sabia del Derecho Romano y sobre todo del Derecho Clásico; donde se aprecia claramente la vital importancia del Derecho Romano ya que de ahí toma sus principios inspiradores. Incluso algunas de sus instituciones fueron tomadas prácticamente al pie de la letra. Ahora bien, ya que el Derecho Civil Romano sirvió de fuente para el Derecho Civil moderno, también aquél alcanzó a nuestro Derecho. Es así como Bello, siguiendo, entre otras fuentes, al Derecho de tradición romanista, elaboró nuestro Código Civil y que, a más de una centuria de su entrada en vigencia, ha sido en algunas materias escasamente modificado debido, entre otros aspectos, a la solidez de los principios que rigen sus instituciones. Esta débil intromisión en las instituciones tratadas por nuestro Código Civil se manifiesta particularmente en lo relativo a las obligaciones, ya que los artículos que rigen esta materia, prácticamente no han sufrido modificación alguna. Aquí radica la importancia fundamental que tiene el estudio del Derecho Romano, ya que, por ser fuente directa del derecho moderno debe ser analizado a fondo. Además, como se indicó anteriormente, es en las Obligaciones donde esta directa vinculación entre el derecho romano y el moderno derecho civil, queda nítidamente demostrada. Esta materia, de vital importancia en las relaciones jurídicas no ha sufrido variación desde la recopilación justinianea plasmada en el Corpus Iuris Civile hasta hoy, en los albores del siglo XXI, cuando parece que los vínculos jurídicos fueran de una mayor complejidad que en el tiempo de los Césares. Sin embargo, los juristas romanos tuvieron la claridad y solidez conceptual para elaborar una teoría de las obligaciones vigente en toda época, incluso ahora, donde la globalización parece abarcar todos los ámbitos, incluso al Derecho.
Descripción : Memoria de Prueba para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales.
URI : http://repositorio.udec.cl/jspui/handle/11594/8266
metadata.dc.source.uri: https://go.openathens.net/redirector/udec.cl?url=http://tesisencap.udec.cl/concepcion/derecho/franco_m_k_2001/index.html
Aparece en las colecciones: Ciencias Jurídicas y Sociales - Tesis Pregrado

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