Resumen:
En este trabajo como objetivo principal, encontramos el de determinar si la interpretación hecha por el Juez de letras y garantía de Collipulli es la adecuada para estos casos concretos, o al contrario, si es adecuada la interpretación que reconoce la limitación del propio artículo 9° del Convenio Nº 169, por lo que no se podría arribar a acuerdos reparatorios. Lo que en el fondo se refiere a determinar si efectivamente se hizo justicia en el caso de Carolina, si la colisión de normas fue resuelta de manera óptima, buscando la solución que más favorezca el restablecimiento del derecho violentado.