Browsing by Author "Mella Cabrera, Patricio"
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Item Análisis jurisprudencial de algunas instituciones jurídicas emanadas del contrato individual de trabajo.(Universidad de Concepción, 2009) Díaz Suárez, Rodrigo Javier; Mella Cabrera, PatricioEl presente estudio abarca el análisis de alguna jurisprudencia reciente de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre ciertas instituciones nacidas con ocasión del contrato individual de trabajo y reconocidas por la legislación del ramo en el Código del Trabajo.Item Calidad del empleo en Chile: Consecuencias previsionales y medidas paliativas.(Universidad de Concepción, 2016) Cáceres Córdova, Juan Esteban; Mella Cabrera, PatricioDespués de haber alcanzado los más bajos índices de desempleo de las últimas décadas, se ha instalado como tema de debate, aún de forma intrascendente, la calidad de los empleos creados en Chile, lo cual requiere de un análisis que va mucho más allá de los meros números porcentuales, sino que hace falta una compresión integral del contexto laboral en nuestro país. Con esto nos referimos a: regulación legal de la relación laboral, oferta y demanda de trabajo, perfil sociocultural del trabajador y empleador en nuestro país, modalidades de empleo predominantes y las condiciones en que se desempeñan los trabajadores. Esto nos lleva al tema que da inicio a esta investigación: la informalidad laboral, que si bien ha presentado mejoras en los últimos años, aún no se ha podido erradicar. Al contrario, afecta a un porcentaje considerable de trabajadores, con consecuencias de orden económico para ellos y para el Estado. Tomemos, por ejemplo, en consideración que éstos trabajadores carecen de previsión social, pero por supuesto, continuarán requiriendo atención médica o servicios de salud, lo cual significa un costo que deberá ser subsidiado con fondos públicos, por lo tanto, el sector que integra la formalidad laboral de la población (como contrapuesto al empleo informal), deberá cubrir los gastos o desembolsos que realice el Estado en forma de subsidio en favor de los trabajadores informales. Lo anterior, sin mencionar los perjuicios eventuales que soportará el trabajador informal, especialmente en el ámbito previsional, lo cual nos lleva a la continuación de nuestro trabajo. Ahondaremos en las fallas del actual sistema de pensiones en nuestro país, proponiendo discusión sobre las soluciones posibles a corto y largo plazo. Esta investigación pretende ser un aporte, en forma de material de apoyo, a los actuales debates que han salido a superficie en los últimos años en las materias indicadas y que han provocado gran descontento entre la población.Item Contenido obligacional moderno del contrato de trabajo.(Universidad de Concepción, 2008) Saavedra Ramos, Germán Rodolfo; Mella Cabrera, PatricioSurge aquí del concurso de estos dos fenómenos: el contenido ético-jurídico del contrato de trabajo y la ciudadanía en la empresa, el motivo de esta investigación. Trataremos de dar una mejor fisonomía a las obligaciones contractuales que se generan al momento de iniciarse la relación de trabajo. Intentaremos establecer y esclarecer que no existe un contenido éticamente obligatorio o simples deberes, sino que existe un contenido obligacional diverso al que tradicionalmente se postula, el que abarca precisamente a lo que la doctrina denomina derechos fundamentales inespecíficos. Estos constituyen obligaciones para el empleador y el trabajador, las cuales no pueden ser renunciadas por ellos y cuya obligatoriedad no esta dada por el acuerdo de voluntades, sino que por el contrario la propia ley por mandato constitucional las crea y regula. Así del derecho fundamental a la vida y la integridad física y psíquica, nace la obligación de protección, seguridad y prevención de riesgos de accidentes laborales y enfermedades profesionales; del derecho a la educación, surge la obligación de formación, capacitación, promoción y fomento en el empleo; del derecho a no ser discriminado, se crea la obligación de no discriminar; del derecho a la dignidad, a la honra, la intimidad y la vida privada de la persona y su familia, surge la obligación de respeto a la dignidad del trabajador, a su honra, intimidad y su vida privada, así como también la de su familia; de la libertad de culto y de expresión, nace la obligación de respeto a libertad ideológica; además y del concurso de algunas de ellas se crean otras así del respeto a la dignidad, a no ser discriminado y a capacitarse en sentido amplio, nace la obligación de ocupación efectiva; de garantía fundamental del derecho al trabajo y su protección, del derecho a una justa remuneración, la estabilidad en el empleo, del respeto a la dignidad, y el derecho a la vida y la integridad, podemos establecer una obligación de indemnizar. Esta enumeración no pretende en ningún caso ser taxativa y deja abierta la puerta a la creación o constatación de otras nuevas manifestaciones, pero dan lugar a nuestro estudio, ya no como un simple deber-ser por parte de los empleadores y trabajadores, no como un contenido ético dudoso, sino que, por el contrario, serán tratadas y analizadas como obligaciones contractuales, esenciales e irrenunciables, que las partes pueden o no regular, con contenidos mínimos, y supletorios en caso de que las partes nada digan al respecto. Finalmente y para despejar dudas, dejaremos claro, que dejan de ser simples deberes éticos desde el momento que su protección esta prevista por la propia Constitución. En nuestro país se regula a través del Art. 19, No. 26 que dispone que ningún derecho podrá ser afectado en su esencia, y el art. 20 al establecer el Recurso de Protección. Así también se sanciona en el Código del Trabajo, ya sea en forma particular para cada caso en específico, o la multa genérica del art. 506 de este cuerpo legal. También la normativa sobre infracciones a estas obligaciones la encontramos en las propias leyes que las regulan, por ejemplo la Ley 19.518 Estatuto sobre Capacitación y Empleo y la Ley 16.744 Sobre Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.Item Daño moral y tutela de los derechos fundamentales :evolución, doctrina y jurisprudencia.(Universidad de Concepción, 2014) Santibáñez Catalán, Sergio Ignacio; Mella Cabrera, PatricioEl presente trabajo pretende explicar rasgos importantes de su evolución, desde su nacimiento como rama independiente, nacimiento bastante contradictorio a nuestro entender, pasando su total consagración como rama autónoma protectora de la parte débil del contrato de trabajo. Pondremos especial énfasis en el proceso en que el trabajador adquiere el carácter de ciudadano al interior de su lugar de trabajo, ciudadano provisto de derechos fundamentales que en los orígenes del derecho del trabajo, les estaban privados de su ejercicio al interior de la fábrica.Item De la nulidad laboral.(Universidad de Concepción, 2010) Mora Retamal, Esteban Alejandro; Mella Cabrera, PatricioCon el presente trabajo se pretende estudiar específicamente la sanción de nulidad en el ámbito laboral, estableciendo de paso las bases para el análisis en la formulación de una teoría general sobre el acto jurídico laboral, de forma de dilucidar si efectivamente en el acaecimiento de un vicio acarreara la ineficacia del acto jurídico laboral, o bien su inexistencia o inoponibilidad, y en el primer caso determinar si es posible indicar una especie propia de nulidad o bien su aplicación debe respetar la distinción propia civilista entre nulidad absoluta y relativa, y en este último caso si es posible efectuar in integrum el traslado supletorio de la institución.Item Los derechos laborales de doble regulación constitucional y legal o Estudio sobre las consecuencias de regular en el Código del Trabajo y en la Constitución Política algunos derechos laborales(Universidad de Concepción., 2013) Mella Cabrera, Patricio; Escandón Alomar, Jesús; supervisor de gradoItem La dignidad como derecho fundamental en la relación laboral. Análisis constitucional, legal y jurisprudencial.(Universidad de Concepción, 2015) Villa Valenzuela, Maryorie Alejandra; Mella Cabrera, PatricioEl desarrollo de esta humilde investigación se orienta a encontrar los argumentos constitucionales, legales y jurisprudenciales que otorguen fuerza a la idea de la Dignidad como un derecho subjetivo autónomo y por lo tanto exigible y protegido por el derecho de tutela judicial efectiva. Para lograr este objetivo, se tratan las diversas posturas que sobre este derecho existen, en cuanto a su naturaleza, contenido y eficacia, y veremos como el ordenamiento jurídico nacional ha dado respuesta a los problemas que con respecto a ella se han producido en las relaciones laborales, y el protagonismo que han adquirido en la resolución de este conflicto los Jueces y la Dirección del Trabajo, sobre todo cuando no existe norma que otorgue una solución para un caso en disputa.Item El estado actual de la aplicación del orden público laboral :Revisión doctrinal y jurisprudencial.(Universidad de Concepción, 2017) Reyes Novoa, Álvaro Esteban; Mella Cabrera, PatricioDesde un punto de vista doctrinario y jurisprudencial, esta investigación viene a dar cuenta del estado actual del orden público laboral en el Derecho chileno, mediante la respuesta a ciertas interrogantes tales como el intentar clarificar el concepto tan disperso que ha tomado este tema, analizando su posición actual dentro del ordenamiento jurídico; si la integración o no de alguna disposición al orden público laboral es un tema de jerarquía normativa o queda a criterio del intérprete, utilizando para ello sentencias de los tribunales superiores de justicia, así como dictámenes de la Dirección del Trabajo; identificar la forma en que los tribunales de justicia aplican los criterios de las normas de orden público laboral y como la flexibilización puede perjudicar la protección al trabajador en las relaciones laborales si se utiliza sin límite alguno. Además, se analizará también de un modo dogmático la normativa constitucional vigente relacionada con el derecho laboral y el avance que han tenido los derechos fundamentales laborales como integrantes vivos de las relaciones laborales.Item Estado actual de la huelga como derecho fundamental y legal en Chile.(Universidad de Concepción, 2014) Lonardi Bustos, Reinaldo Antonio; Mella Cabrera, PatricioEn el primer capítulo de este trabajo, tomaremos parte en las discusiones básicas sobre la huelga. ¿Qué debe entenderse por huelga? ¿Quiénes son sus titulares? ¿Cómo establecer sus limitaciones? En segundo lugar, queda preguntarse cómo trata el derecho a la huelga, donde su historia ha pasado por tres estadios básicamente: huelga-delito, huelga-incumplimiento contractual, huelga-derecho? En el segundo capítulo, se desarrollará una argumentación a favor de la huelga como derecho fundamental en la Constitución Política de la República. En el tercer capítulo, se revisará la normativa vigente sobre la huelga de un modo sucinto, deteniéndonos en los aspectos que han sido criticados por el Comité de Expertos en la Aplicación de los Convenios y Recomendaciones y el Comité de la Libertad Sindical de la OIT. En el cuarto capítulo, se revisará la sentencia del Tribunal Constitucional Español N° 11/1981 de 8 de abril, con especial atención a las normas que fueron derogadas por estimarse que contravenían el contenido esencial del derecho de huelga.Item El estado actual de la jornada de trabajo.(Universidad de Concepción, 2006) Sansana Carrillo, Guillermo Humberto; Mella Cabrera, PatricioEn la perspectiva de los trabajadores se han registrado profundos cambios demográficos en materia de la población laboralmente activa, en particular podemos constatar el ingreso cada vez mayor de la mujer en el mercado laboral y el consiguiente incremento de la feminización de la mano de obra. Este fenómeno se traduce en el reemplazo de las fuentes de ingreso de los hogares, que tradicionalmente asumen los hombres, o en el aumento del mismo al tener 2 entradas de ingresos; al mismo tiempo estos procesos generan externalidades que afectan tarde o temprano la calidad de vida de las personas en su trabajo (y por rebote en sus hogares), más aún en naciones como la nuestra, donde el trabajo indefinido ya no es una constante para los jefes de hogar. Estos cambios han conformado las necesidades y preferencias de los trabajadores en relación con la vida laboral, incluidas las relativas a la duración y el horario de trabajo, que difieren según las características del trabajador, tal vez más significativamente por motivos de género (tendemos a asignar a la mujer que trabaja los roles de madre, dueña de casa, esposa) y también en relación con el ciclo de vida de cada trabajador. Todas estas tendencias se reflejan en una diversidad de formas de ordenación de la duración del trabajo, que varía del trabajo tradicional a tiempo completo, permanente y semanal; difieren si, las variables adoptadas por los países en desarrollo como el nuestro y las de naciones industrializadas de América y Europa, tanto así que Chile se encuentra aún en una etapa de introducción de reformas que transformen paulatinamente la rigidez de nuestra legislación laboral hacia mecanismos mas flexibilizadores del tiempo de trabajo. Carencias o debilidades que se reflejan indefectiblemente en un uso distorsionado de las horas extraordinarias o de jornadas prolongadas, fuera de los marcos legales, en las principales actividades económicas. El resultado final de esta evolución entraña un incremento gradual en la diversificación, descentralización y la individualización de las horas de trabajo, así como a menudo, el aumento de la tensión entre las exigencias empresariales y las necesidades y preferencias de los trabajadores en relación con la duración del trabajo. Así pues, además de las preocupaciones a largo plazo relativas a la duración del trabajo y a la seguridad o salud de los trabajadores, han surgido nuevas inquietudes relacionadas con la seguridad y la estabilidad en el empleo, compensaciones salariales y no salariales, así como también la capacidad de los trabajadores de establecer un equilibrio entre sus labores y su vida personal o familiar. En definitiva este será el marco en que, grosso modo, se desarrolla la investigación que presento, donde podremos examinar la existencia o no de los fenómenos fácticos y jurídicos esbozados que van delineando nuestra cultura laboral en torno a uno de los aspectos esenciales de la prestación de servicios por parte del trabajador, cual es el tiempo que consagra a su trabajo. Partiendo por precisar conceptualmente los alcances de la jornada de trabajo, llegaremos a comprender el innegable influjo que las normas internacionales del trabajo (OIT, Tratados de Derechos Humanos), tienen en la protección de este importante aspecto, más aún que el nuevo procedimiento laboral exigirá a los jueces fundar sus sentencias, habido el caso, en estos instrumentos jurídicos internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. Analizaremos con detención el estado actual de la legislación nacional en materia de jornada de trabajo, comprendiendo el alcance de la entrada en vigencia de la reducción de la jornada ordinaria semanal a 45 horas, a partir de enero de 2005; los problemas persistentes de rigidez estructural de nuestra dogmática jurídica quedarán en evidencia ante las formas “etéreas” (sic) de evasión o elusión de los requisitos legales, por parte de los principales sectores económicos del país, que perjudican aspectos básicos de una jornada laboral decente; también revelaremos el crítico círculo del consumo y la búsqueda de ingresos adicionales por parte de los trabajadores que dificulta una fiscalización adecuada por parte de la autoridad administrativa.Item La libertad sindical como derecho fundamental: ¿un derecho descontextualizado de la realidad?(Universidad de Concepción, 2014) Flores Correa, Fernanda Andrea; Mella Cabrera, PatricioEl presente trabajo intentará dilucidar en su primer capítulo, las formas de asociación que adoptaron los trabajadores desde un comienzo, las cuales no nacieron porque una ley los haya facultado sino que surgen a raíz de una necesidad de organizarse, lo cual se hace imperioso ante los estragos que iba dejando el sistema capitalista liberal desde mediados del siglo XIX, en todos los aspectos de la vida de la clase obrera. La hipótesis que deseamos plantear en este trabajo es que la legislación en nuestro país no ha contribuido de forma eficiente a fortalecer la asociación de trabajadores y que por el contrario ella se encuentra profundamente debilitada en nuestro país.Item Nuevo manual de negociación colectiva.(Universidad de Concepción, 2011) Arancibia Gallardo, Christian Sanin; Mella Cabrera, PatricioLo que se pretende a través de la siguiente investigación, es constituirse como un aporte y crítica al mundo laboral, desde la concepción clásica del movimiento de los trabajadores a través de la historia y sus organizaciones, dejando una visión mucho más completa, para así de esta forma, poder desarrollar la estructuración y la comprensión cabal de la importancia de la negociación colectiva como derecho fundamental. Y es ésta, la negociación de los trabajadores, un eje central de los motivos del porqué organizarse el día de hoy.Item Nuevo sistema de responsabilidad derivada de la subcontratación.(Universidad de Concepción, 2009) Espinoza Bustos, Jennifer Alejandra; Mella Cabrera, PatricioEn el presente trabajo se intentará abordar el tema del trabajo en régimen de subcontratación; así, las respuestas a las interrogantes que pretendemos plantear tienen su origen principalmente en el nuevo sistema de responsabilidad implementado con la entrada en vigencia de la ley 20.123 el 16 de enero de 2007, tanto en lo que dice relación con obligaciones laborales, previsionales y de seguridad e higiene en el trabajo. En concreto nos planteamos la siguiente situación; las relaciones laborales sean directas o enmarcadas en un sistema de subcontratación originan derechos y obligaciones entre empleador y trabajadores. Lo normal sería que el empleador cumpliera voluntariamente las obligaciones a las que se encuentra afecto con sus trabajadores, de lo contrario será demandado por su trabajador en un juicio laboral. En el régimen de subcontratación la situación planteada anteriormente traerá consecuencias no solo al empleador directo sino también al indirecto, que es en definitiva quien se beneficia de la relación laboral. Por lo anterior al trabajador le interesara determinar cuales son los fundamentos y requisitos que deben concurrir para que estos otros sujetos respondan de las obligaciones laborales, por su parte la empresa principal estará interesada en determinar cuales son las medidas o acciones que debe implementar para no ver comprometida su responsabilidad por incumplimientos originados en una de sus empresas contratistas o subcontratistas. En este trabajo pretendemos responder a ambas inquietudes, en primer lugar determinar cuales son los requisitos necesarios para que se configure una relación laboral en régimen de subcontratación, los presupuestos necesarios que se deben configurar para que la empresa principal deba responder de las obligaciones incumplidas, y por otra parte buscamos establecer cuales son las medidas que debería adoptar la empresa principal para ser subsidiariamente responsable y no solidariamente responsable, situación que se produciría si esta se aparta de las exigencias planteadas por el legislador.Item Obligaciones y responsabilidad del empleador frente a las enfermedades profesionales de sus trabajadores.(Universidad de Concepción, 2014) Maturana Pérez, César Alexander; Mella Cabrera, PatricioEste trabajo busca dar respuestas concretas a la gran mayoría de los problemas que se suscitan a causa de las enfermedades profesionales en nuestro derecho. Es por eso que trabajaremos sobre la base de 3 elementos esenciales que atañen a la materia de las enfermedades profesionales, esto es su determinación o calificación, la responsabilidad y las obligaciones que surgen de aquellas personas llamadas a evitar a que se presenten estas enfermedades.Item Oportunidades probatorias en el proceso laboral.(Universidad de Concepción, 2016) Calderón Araneda, Sofía Galene; Mella Cabrera, PatricioEl presente trabajo tiene por objetivo dilucidar o al menos vislumbrar la posibilidad, jurídicamente hablando, de solicitar, presentar e incorporar pruebas en los procedimientos laborales fuera de los términos u oportunidades entregados expresamente por la ley. Para ello, desarrollaremos algunos conceptos doctrinarios sobre prueba - en su carácter de actividad procesal - desde aquellos que lo definen meramente como un procedimiento o “conjunto de actos procesales que se realizan en el proceso para los efectos de permitir al tribunal alcanzar la convicción acerca de la existencia de ciertos hechos necesarios para la solución de un conflicto”, hasta los que la consideran un derecho fundamental, como observa Carocca es “factible conceptualizar un derecho a la prueba, como garantía constitucional autónoma, que confiere a todo litigante, la facultad de producir las probanzas que requiere para demostrar la efectividad de sus alegaciones de hecho. Con la intención de aterrizar estos conceptos y contemplar sus posibilidades de tutela judicial efectiva, revisaremos someramente la estructura de los procedimientos laborales, a excepción del procedimiento ejecutivo laboral, y las posibilidades que nos entrega la ley, tanto expresa como tácitamente para desenvolver la actividad probatoria en cada una de sus etapas. Finalmente, desembarcaremos en el vasto campo del derecho constitucional, al analizar el rol del derecho a la prueba dentro del principio y derecho fundamental al debido proceso, como garantía mínima de este en una sociedad democrática de derecho y, sobre todo, en nuestro país; e incluso, observaremos como ha adquirido la suficiente relevancia jurídica para que algunos lo consideren un derecho fundamental autónomo. Para asumir tan ardua tarea, nos asiremos fuertemente de la jurisprudencia y la doctrina nacional, razón por la cual se logra graficar, al menos en nuestra humilde opinión, la tendencia, cada día más definida, de hacer prevalecer el derecho a la prueba y a la defensa por sobre limitaciones procesales que pudieren provocar la vulneración de tales derechos fundamentales y en definitiva dejar en la indefensión a los sujetos de derecho.Item Problemas actuales del autodespido.(Universidad de Concepción, 2008) Droguett Inostroza, Marcelo Alejandro; Mella Cabrera, PatricioPara el análisis del presente tema, recurrimos principalmente a la jurisprudencia que nuestros tribunales superiores han pronunciado en estos últimos años, recopilación investigativa que hicimos con el objeto de otorgar una visión actualizada del autodespido en Chile, el cual ha variado constantemente en el tiempo. Junto con ello recurrimos a la escasa doctrina que existe sobre el tema, el que ha sido tratado por ella de una manera aislada, ya para referirse específicamente a una u otra causal, o bien para profundizar en materia indemnizatoria, pero no ha sido tratado desde un contexto general, es por ello que este contexto general lo procuramos dar dentro del presente trabajo, otorgándole un tratamiento sistemático con el objeto de contribuir a la investigación ,interpretación e inteligencia del autodespido, el cual, como pudimos advertir, ha ido adquiriendo una mayor aplicación práctica, lo que hace aún mas necesaria la labor de proporcionar un análisis actualizado de esta institución. el primer capítulo procura situar al autodespido dentro de la terminación del contrato de trabajo y el sistema de estabilidad relativa en el empleo en el cual está basado, poniendo en relieve el rol que cumple el autodespido en el sistema de estabilidad relativa, el cual, si bien nació para cumplir este objetivo, no es menos cierto que desempeña una tarea de radical importancia en la actualidad, ya que opera como una verdadera condición resolutoria del contrato de trabajo, acción conferida a la parte más débil de la relación laboral que con su existencia procura equiparar a las partes. Durante la vigencia en Chile del autodespido se ha acostumbrado asimilarlo con el despido injustificado, indebido o improcedente e, inclusive, es posible advertir en la práctica la aplicación del despido injustificado frente a casos que constituyen claramente autodespido, es por estos motivos que el Capítulo II de nuestro trabajo se ocupa de otorgar una adecuada individualización de la institución en comento, precisando sus características, requisitos, fundamentos, naturaleza jurídica y el desarrollo histórico que ha tenido en nuestro país, precisando en qué consiste la cosa pedida y la causa de pedir de la presente acción, distinguiéndola de otras formas de terminación de la relación laboral y del despido injustificado, así como su particular relación con la nulidad del despido y la forma en que han razonado nuestros tribunales cuando el no pago de cotizaciones previsionales es invocado como causal de autodespido, o, cuando se deducen conjuntamente las acciones de autodespido y nulidad. Procuramos, además, poner en relieve la situación del autodespido en relación con las últimas tendencias doctrinarias y jurisprudenciales. En el Capítulo Tercero entramos al análisis de las causales de autodespido, poniendo en relieve la ausencia de un tratamiento sistemático del contenido obligatorio del contrato de trabajo, al respecto procuramos hacer un actualizado análisis jurisprudencial de las diversas obligaciones inmersas en el contrato de trabajo cuyo incumplimiento autoriza a invocar el autodespido, así como las causales que la doctrina ha incluido en el catálogo de obligaciones del empleador y, en especial, de las últimas modificaciones legales que rigen la materia, haciéndonos cargo de las últimas modificaciones en materia de acoso sexual y las soluciones que, a nivel doctrinario y recientemente jurisprudencial, se han dado para la regulación del mobbing o acoso laboral. El Cuarto Capítulo tiene por objeto analizar las formalidades y la prueba del autodespido, dentro del cual se ven las consecuencias prácticas que las características del autodespido le dan en estas materias, así, por ejemplo, se pone en relieve que el derecho laboral no es formalista y las consecuencias que ello tiene en la preparación de la acción de autodespido; en materia de prueba, vemos las menores dificultades que tiene el trabajador a la hora de probar los incumplimientos graves de obligaciones contractuales de su empleador en desmedro de las demás causales de autodespido, especialmente, las consecuencias que se siguen al exigir que las causales del artículo 160 No. 1 del Código del Trabajo deban estar “debidamente comprobadas” lo cual se ve apoyado por el peso de la prueba, ya que, tratándose de la causal séptima del artículo 160 del Código del Trabajo recae en el empleador acreditar el cumplimiento de la obligación o en su desmedro que éste carece de la gravedad necesaria para invocar el autodespido.Item El recurso de nulidad laboral y su incipiente evolución: aspectos doctrinarios y jurisprudenciales.(Universidad de Concepción, 2010) Domínguez Montoya, Álvaro Eduardo; Mella Cabrera, PatricioLa tesis que proponemos en nuestra investigación, como se ha señalado en reiteradas oportunidades en el presente trabajo, es la del cambio de paradigma en el sistema recursivo en cuanto construcción teórica del mismo y elucubración dogmática de su naturaleza y caracterización. El estudio del Recurso de Nulidad Laboral, y en general de los mecanismos de impugnación, debe ir obligatoriamente aparejado al estudio de las nulidades procesales. Esto se sostiene debido al innegable vínculo de naturaleza y género que existe entre ambos, siendo el recurso de nulidad un medio directo de expresión en el proceso de la nulidad.Item El recurso de unificación de jurisprudencia.(Universidad de Concepción, 2011) Venegas Alarcón, Jaime Patricio; Mella Cabrera, PatricioEl objetivo de este trabajo es demostrar la utilidad de este recurso, analizando a fondo los requisitos para su procedencia, su objetivo o finalidad, que si bien no deja de ser discutible en cuanto a su efectividad, a nuestro parecer será más útil que lo esperado por algunos autores, de hecho se puede decir que viene a constatar una realidad que hace años impera en nuestros tribunales, que las sentencias anteriores influyen, y de una manera muy particular, en las decisiones de controversias que versen sobre temas similares y más aún si estas soluciones son uniformes y emanadas de los tribunales superiores de justicia, en especial si lo son de nuestra Corte Suprema, sostener lo contrario sería no ver con claridad la realidad jurídica de nuestro país.Item Reforma procesal laboral: en especial del procedimiento de aplicación general.(Universidad de Concepción, 2007) Martínez Zúñiga, Pablo Andrés; Mella Cabrera, PatricioEn este trabajo pretendemos analizar, la serie de reformas procesales que se han sucedido y que seguirán ocurriendo aparentemente, atienden, creemos, en honor a la verdad, a una forma de concretar dos grandes deseos de la comunidad, la efectividad en la protección de sus derechos y la celeridad en la resolución de las controversias sometidas a la decisión del órgano jurisdiccional. Son estos dos pilares los que hacen que el ciudadano se sienta escuchado, que sienta que el aparato estatal está a su servicio y no al contrario. Es esa necesidad de justicia la que impulsa una de las más grandes reformas del último tiempo; la reforma procesal del trabajo. A ello se suma la necesidad de transparencia del funcionamiento del sistema judicial que se concreta en la publicidad de sus actos. Esta memoria pretende entregar una visión general de lo que implica esta modificación legislativa y en especial respecto del juicio ordinario del trabajo o procedimiento de aplicación general. Por ello se distribuye a través de cuatro capítulos; la “Introducción a la Reforma Procesal Laboral”, “De las Características y Principios”, “De las reglas comunes”, y finalmente “Del Procedimiento de Aplicación General”.Item Reglamento interno de la empresa.(Universidad de Concepción, 2008) López Vergara, Consuelo M.; Mella Cabrera, PatricioEl reglamento interno fue tratado por primera vez en el Código del Trabajo de 1931, para ir luego evolucionando a través de la legislación laboral posterior hasta llegar a la actualidad. Hoy en día, el reglamento interno es una herramienta de importancia en nuestro país, puesto que cumple un rol principal en la prevención de accidentes y enfermedades profesionales y en la mantención de condiciones adecuadas de higiene y seguridad. Nuestra legislación ha regulado tres grandes tipos de reglamento interno, a saber, el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, tratado por el Código del Trabajo en sus artículos 153 y siguientes; el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, contemplado por la Ley 16.744 y sus reglamentos; y el Reglamento Interno de la Ley 19.070, aplicable a ciertos establecimientos educacionales. Cada uno de estos reglamentos tiene sus peculiaridades, como sus requisitos y contenido, los cuales serán tratados en el capítulo segundo de este trabajo. Por último, se tratarán en el capítulo tercero algunas problemáticas de importancia relativas al reglamento interno de orden, higiene y seguridad, así como ciertas materias de actualidad jurídica, como las normas relativas al tema establecidas por la Ley 20.123 sobre Subcontratación y por la Ley 20.105, llamada también “Ley Antitabaco”.